Micelio

decreto 1593 de 1935

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y especialmente de las que le otorga la Ley 100 de 1931

Artículo 1

Artículo único. Disminúyese en la cantidad de tres mil pesos ($ 3,000) la apropiación de seis mil pesos ($ 6,000) destinada "para pagar el auxilio mensual del Instituto de San Bernardo," y auméntase en la misma suma la partida señalada para "estudios de regadíos en el país."

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Agricultura y Comercio