Micelio

decreto 2701 de 2000

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Artículo 1

Artículo primero . Promúlgase el "Protocolo Relativo a las Areas y Flora y Fauna Silvestres Especialmente Protegidas del Convenio para la Protección y el Desarrollo del Medio Marino de la Región del Gran Caribe", hecho en Kingston, el 18 de enero de 1990 y los anexos al "Protocolo Relativo a las Areas y Flora y Fauna Silvestres Especialmente Protegidas del Convenio para la Protección y el Desarrollo del Medio Marino de la Región del Gran Caribe", adoptados en Kingston el 11 de junio de 1991. (Para ser transcrito en este lugar, se adjunta fotocopia del texto del "Protocolo Relativo a las Areas y Flora y Fauna Silvestres Especialmente Protegidas del Convenio para la Protección y el Desarrollo del Medio Marino de la Región del Gran Caribe", hecho en Kingston el 18 de enero de 1990 y los Anexos al "Protocolo Relativo a las Areas y Flora y Fauna Silvestres Especialmente Protegidas del Convenio para la Protección y el Desarrollo del Medio Marino de la Región del Gran Caribe", adoptados en Kingston el 11 de junio de 1991).

Artículo 2

Artículo segundo. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíque se y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le otorga el artículo 189 ordinal 2 º de la Constitución Política de Colombia y en cumplimiento de la Ley 7ª de 1944, y Publíque se y cúmplase
El Ministro de Relaciones Exteriores