en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que mediante Decreto número 1554 de mayo 27 de 1983, se autorizó a los señores Ministros de Hacienda y Crédito Público y de Defensa Nacional para que conjunta o separadamente gestionen a nombre del Gobierno Nacional un empréstito externo hasta por la suma de setenta y cinco millonesnovecientas mil marcos alemanas (D.M. 75.900.000) o su equivalente en otras monedas en determinadas condiciones financieras, destinado a financiar los reajustes de precios originados en el co
Considerando · 3 motivos
Que mediante Decreto número 1554 de mayo 27 de 1983, se autorizó a los señores Ministros de Hacienda y Crédito Público y de Defensa Nacional para que conjunta o separadamente gestionen a nombre del Gobierno Nacional un empréstito externo hasta por la suma de setenta y cinco millonesnovecientas mil marcos alemanas (D.M. 75.900.000) o su equivalente en otras monedas en determinadas condiciones financieras, destinado a financiar los reajustes de precios originados en el contrato de suministro de bienes para la Armada Nacional suscrito el 19 de mayo de 1980 entre el Gobierno Nacional y Ferrostaal A. G. y Howaldtswerke Deutsche Werít, Hamburg und Kiel de Kiel, de la República Federal de Alemania;
Que se requiere modificar las condiciones financieras establecidas en el artículo primero del Decreto número 1554 de mayo 27 de 1983 para ajustarlas a las condiciones actuales del Mercado Internacional de Capitales;
Que mediante el Decreto número 3141 de 1982, se designó Ministro Ad-Hoc de Hacienda y Crédito Público al Viceministro de Hacienda y Crédito Público, para los casos en que las normas legales hacen incompatible la actuación del Ministro titular;
Artículo 1
Artículo primero. Autorízase a los señores Ministros de Hacienda y Crédito Público y de Defensa Nacional para que conjunta o separadamente gestionen a nombre del Gobierno Nacional un empréstito externo hasta por la suma de setenta y cinco millones novecientos mil marcos alemanes (D.M. 75.900.000) o su equivalente en otras monedas en las condicio nes financieras actuales más favorables del Mercado Interna cional de Capitales, destinado a financiar los reajustes de precios originados en el contrato de suministro de bienes para la Armada Nacional suscrito el 19 de mayo de 1980 entre el Gobierno Nacional y Ferrostaal A. G. y Howaldstwerke Deutsche werft Hamburg und Kiel de Kiel, de la República Federal de Alemania.
Artículo 2
Artículo segundo. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.