Micelio

decreto 1263 de 1987

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades que le confieren el Decreto 2617 de 1973 y la Resolución Ejecutiva número 105 de 1982

Artículo 1º Nómbranse A Jorge Carrillo Rojas, Miembro Principal De La Junta Directiva Del Banco De La República, En Representación De Las Centrales Obreras Y A José Miguel Vargas, Miembro Suplente, En Representación De Las Entidades Cooperativas

º Nómbranse a Jorge Carrillo Rojas, miembro principal de la Junta Directiva del Banco de la República, en representación de las centrales obreras y a José Miguel Vargas, miembro suplente, en representación de las entidades cooperativas.

Artículo 2º Nómbranse A Juan Martín Caicedo Ferrer, Miembro Principal De La Junta Directiva Del Banco De La República, En Representación Del Sector De Los Distribuidores Y A Carlos Alberto Garay Salamanca, Miembro Suplente, En Representación Del Sector De Los Productores

º Nómbranse a Juan Martín Caicedo Ferrer, miembro principal de la Junta Directiva del Banco de la República, en representación del sector de los distribuidores y a Carlos Alberto Garay Salamanca, miembro suplente, en representación del sector de los Productores.

Artículo 3º Nómbranse A Antonio Puerto Tovar, Miembro Principal Y A Juan Manuel Ruiseco Vieira , Miembro Suplente De La Junta Directiva Del Banco De La República, En Representación Del Sector Exportador

º Nómbranse a Antonio Puerto Tovar, miembro principal y a Juan Manuel Ruiseco Vieira , miembro suplente de la Junta Directiva del Banco de la República, en representación del sector exportador.

Artículo 4º Nómbranse A Carlos Del Castillo Restrepo Y A Douglas Botero Boshell, Miembros Principales Y A Eduardo Sarmiento Palacios Y A Benjamín Martínez Morriones , Miembros Suplentes De Los Anteriores Respectivamente, De La Junta Directiva Del Banco De La República, En Representación Del Gobierno Nacional

º Nómbranse a Carlos del Castillo Restrepo y a Douglas Botero Boshell, miembros principales y a Eduardo Sarmiento Palacios y a Benjamín Martínez Morriones , miembros suplentes de los anteriores respectivamente, de la Junta Directiva del Banco de la República, en representación del Gobierno Nacional.

Artículo 5º Los Nombramientos A Que Se Refiere El Presente Decreto, Salvo Los Indicados En El Artículo 4º, Lo Son Para El Período Que Comienza El 20 De Julio De 1987

º Los nombramientos a que se refiere el presente Decreto, salvo los indicados en el artículo 4º, lo son para el período que comienza el 20 de julio de 1987.

Artículo 6º Este Decreto Rige A Partir De Su Publicación

º Este Decreto rige a partir de su publicación.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren el Decreto 2617 de 1973 y la Resolución Ejecutiva número 105 de 1982
El Ministro de Hacienda y Crédito Público