Micelio

decreto 1936 de 2000

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el Ministro de Hacienda y Crédito Público la facultad para celebrar en n

en ejercicio de sus facultades, en especial de las que le confieren el artículo 211 de la Constitución Política y el artículo 12 de la Ley 80 de 1993

Artículo 1Delégase En El Ministro De Hacienda Y Crédito Público La Facultad Para Celebrar En Nombre De La Nación, Un Contrato De Empréstito Externo Con La Corporación Andina De Fomento -Caf- Por La Suma De Ciento Sesenta Y Dos Millones De Dólares (Us$162

º. Delégase en el Ministro de Hacienda y Crédito Público la facultad para celebrar en nombre de la Nación, un contrato de empréstito externo con la Corporación Andina de Fomento -CAF- por la suma de ciento sesenta y dos millones de dólares (US$162.000.000) de los Estados Unidos de América para el financiamiento del componente "Vías para la Paz" del Programa Manos a la Obra de la Red de Apoyo Social.

Artículo 2

º . El presente decreto rige desde la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades, en especial de las que le confieren el artículo 211 de la Constitución Política y el artículo 12 de la Ley 80 de 1993
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República