Micelio

decreto 88 de 1980

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Artículo 1Apruébase El Acuerdo Número 4 De Diciembre 4 De 1979, Del Xxxviii Congreso Nacional De Cafeteros, Cuyo Texto Dice Lo Siguiente: Acuerdo Numero 4 De 1979 (Diciembre 4) El Xxxviii Congreso Nacional De Cafeteros, En Uso De Sus Atribuciones, Acuerda:

° Apruébase el Acuerdo número 4 de diciembre 4 de 1979, del XXXVIII Congreso Nacional de Cafeteros, cuyo texto dice lo siguiente: ACUERDO NUMERO 4 DE 1979 (diciembre 4) El XXXVIII Congreso Nacional de Cafeteros, en uso de sus atribuciones, acuerda:

Artículo 2

Artículo único. Fíjase en la suma de dos mil ciento diez y nueve millones cuarenta y siete mil pesos ($ 2.119.047.000) moneda corriente el monto de estos cargos, discriminados en los siguientes conceptos

1.

Gastos de Administración 1.263.430.000

2.

Inversiones Recuperables 43.972.000

3.

Inversiones no Recuperables 179.163.000

4.

Transferencias 632.482.000 $ 2.119.047.000

Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición

° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.