Artículo 1
Artículo primero. Autorízase al Instituto Nacional para Programas Especiales de Salud entregar al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar la suma de diez millones ciento sesenta y siete mil setecientos cincuenta y tres pesos con setenta y nueve centavos ($ 10.167.753.79) moneda corriente correspondiente al saldo líquido de las sumas apropiadas para las Campañas de Integración Juvenil y Programa Integrado de Bienestar Infantil.
Artículo 2
Artículo segundo. La entrega de que trata el artículo anterior se hará mediante acta suscrita por los Directores de los respectivos Institutos, con intervención de la Auditoría General de la Contraloría General de la República ante el Instituto para Programas Especiales de Salud.
Artículo 3
Artículo tercero. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.