El Presidente de la República de Colombia
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales
Artículo 1
º . Derógase el Decreto 1210 de 2001 por haberse incurrido en un error mecanográfico.
Artículo 2
º . Este decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales
El Ministro de Justicia y del Derecho
El Viceministro de Hacienda y Crédito Público encargado de las funciones del Ministro
Federico Rengifo Vélezencargado
La Subdirectora del Departamento Administrativo de la Función Pública encargada de las funciones del Director
María Patricia Baraya Díazencargado