Decreto
Decreto 1265 de 2020
por el cual se adiciona la Parte 21 al Libro 2 del Decreto 1068 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, en lo relacionado con el Fondo de Sostenibilidad Financiera del Sector Eléctrico (FONSE).
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Del Decreto Legislativo 809 De 2020 Amplió De Forma Temporal Hasta El 31 De Diciembre De 2020 El Objeto Del Fonse, Para Que Este Pudiera Otorgar Créditos Al Fondo Empresarial De La Superintendencia De Servicios Públicos Domiciliarios Para Destinarlos A Solventar Las Necesidades De Recursos Asociadas A La Implementación De Esquemas De Solución De Largo Plazo Derivados De Los Procesos De Toma De Posesión De Las Empresas De Servicios Públicos Domiciliarios Que Se Encuentren En Curso, Los Cuales Se Hayan Visto Afectados Por La Situación De Emergencia Sanitaria2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Y Adiciona La Parte 21 Al Libro 2 Del Decreto 1068 De 2015; Decreto Único Reglamentario Del Sector Hacienda Y Crédito Público
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Iván Duque MárquezEl Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, que le confieren el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 146 de la Ley 2010 de 2019 y en desarrollo del Decreto Legislativo 809 de 2020
- Alberto Carrasquilla BarreraEl Ministro de Hacienda y Crédito Público