en uso de sus facultades legales, CONSIDERANDO Que la cantidad de treinta y cuatro centavos ($ 0.34) diarios que asigna la Resolución número 349, de abril 12 de 1939, para atender el servicio de alimentación del personal de tropa del Batallón de Inlantena número 15 Santander, de guarnición en Cúcuta, se ha considerado insuficiente por motivo del alza de los víveres en esa plaza
Considerando · 2 motivos
Que la cantidad de treinta y cuatro centavos ($ 0.34) diarios que asigna la Resolución número 349, de abril 12 de 1939, para atender el servicio de alimentación del personal de tropa del Batallón de Inlantena número 15 Santander, de guarnición en Cúcuta, se ha considerado insuficiente por motivo del alza de los víveres en esa plaza;
Que en vista de la razón anterior, se ha creído necesario fijar una partida de alimentación para el personal de Oficiales, administrativo y auxiliar durante la época de la celebración del centenario de la muerte del General Santander;
Artículo 1
Artículo único. Asígnase para atender el servicio diario e individual de alimentación del personal del Batallón de Infantería número 15 Santander, desde el día 20 del mes de abril próximo pasado hasta el día 9 del mes de mayo del presente año, las siguientes partidas: Oficiales y Contador $ 0.60 Personal de tropa, administrativo y auxiliar 0.40 Comuníquese y cúmplase.