Micelio

decreto 800 de 1928

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Artículo 1O Referente En Uno Solo Los Cargos De Abogados De La Construcción Y De La Explotación De La Sección Segunda Del Ferrocarril Central Del Norte, Con Una Asignación Mensual De $300, Que Será Cubierta Por La Caja De Explotación

o Referente en uno solo los cargos de Abogados de la construcción y de la explotación de la sección segunda del ferrocarril central del Norte, con una asignación mensual de $300, que será cubierta por la caja de explotación.

Artículo 2O Para Desempeñar El Cargo A Que Se Refiere El Presente Decreto, Nómbrase Al Doctor Tubías Monroy, Quien Deberá Recidir En Chiquinquirá

o Para desempeñar el cargo a que se refiere el presente Decreto, nómbrase al doctor Tubías Monroy, quien deberá recidir en Chiquinquirá. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República