Micelio

decreto 1552 de 1976

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Artículo 1Hácese El Siguiente Contracrédito Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1976: Presupuesto De Funcionamiento

° Hácese el siguiente contracrédito al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1976: Presupuesto de Funcionamiento . RAMA JURISDICCIONAL CAPITULO 115 Rama Jurisdiccional. Programa 335. Administración de la Corte Suprema de Justicia. Servicios personales . 102-134-123. Artículo 3360-1. Servicios prestados por vacaciones personal titular $ 7.150.000 Suma el contracrédito 7.150.000

Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrense Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuesto De La Vigencia Fiscal De 1976: Presupuesto De Funcionamiento

° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de la vigencia fiscal de 1976: Presupuesto de Funcionamiento. MINISTERIO DE JUSTICIA CAPITULO 050 Ministerio de Justicia. Programa 130. Dirección y Administración. Servicios personales . 101-111-107. Artículo 1302-A-1. Sueldos del personal supernumerario $ 300.000 Programa 134. Pago de vigencias expiradas. Artículo 1327-5. Pago de gastos de vigencias expiradas 4.000.000 RAMA JURISDICCIONAL CAPITULO 115 Rama Jurisdiccional. Programa 341. Pago de vigencias expiradas. Artículo 3370-7. Pago de gastos de vigencias expiradas 2.850.000 Suman los créditos adicionales $ 7.150.000

Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado