en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO Que el honorable, Consejo de Ministros, en sucesión del día 19 del mes en curso, concedió al Ministerio de Hacienda 1a autorización solicitada para efectuar unos traslados en el presupuesto del Ministerio de Educación Nacional
Considerando · 2 motivos
Que el honorable, Consejo de Ministros, en sucesión del día 19 del mes en curso, concedió al Ministerio de Hacienda 1a autorización solicitada para efectuar unos traslados en el presupuesto del Ministerio de Educación Nacional;
Que el artículo 7° del Decreto 205 del corriente año dispone que los saldos de las apropiaciones de los artículos que fueron incorporados a otras secciones se trasladen a su nuevo destino;
Artículo 1Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Del Ministerio De Educacion Nacional Capitulo 45 Personal Y Material Del Artículo 209
°. Hácense los siguientes traslados en el presupuesto del MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL CAPITULO 45 Personal y material Del artículo 209. Para sueldos del personal del Ministerio, en el año $ 18,000.00
Artículo 2Hacese El Siguiente Traslado En La Ley De Apropiaciones Vigente: Ministerio De Hacienda Ycredito Público Capitulo 30 Minas Y Bienes Nacionales Comuníquese
°. Hacese el siguiente traslado en la Ley de Apropiaciones vigente: MINISTERIO DE HACIENDA YCREDITO PÚBLICO CAPITULO 30 Minas y Bienes Nacionales Comuníquese.