en uso de sus atribuciones legales
Artículo 1Refórmanse Los Decretos Números 75 Del 16 De Enero, Y 421 Del 28 De Febrero Del Año En Curso, Que Se Refieren Al Presupuesto De La Escuela Nacional De Bellas Artes, Así: Personal
° Refórmanse los Decretos números 75 del 16 de enero, y 421 del 28 de febrero del año en curso, que se refieren al presupuesto de la Escuela Nacional de Bellas Artes, así: Personal. Del Director de la Escuela a $ 141 mensuales 1,410 Del Director de Bellas Artes, a $ 141 mensuales 1,410 Del Secretario de la Escuela, a $ 94 mensuales 940 Del Bibliotecario, a $ 75-20 mensuales 752 De diez Profesores, a $ 47 mensuales cada uno 4,700 De siete Profesores, a $ 37-60 mensuales cada uno 2,632 De nueve Ayudantes, a $ 18-80 mensuales cada uno 1,692 De un Portero de los pabellones, a $ 37-60 mensuales 376 De un Portero del museo, a $ 28-20 mensuales 282 De un Portero de la Dirección, a $ 18-30 mensuales 188 Materiales. Para materiales y demás gastos de la Escuela, a $ 101-80 mensuales 1,018 Suma 15,400
Artículo 2El Presente Decreto Empezará A Regir Desde El Día 1° De Marzo En Curso
° El presente Decreto empezará a regir desde el día 1° de marzo en curso. Comuníquese y publíquese.