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decreto 2311 de 2004

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, y CONSIDERANDO: Que mediante sentencia de fecha 10 de marzo de 2004, proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca - Sección Segunda - Sala de Descongestión - Subsección “B”, se ordenó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público reintegrar a la señora María Segunda Escobar González, al mismo cargo que desempeñaba al momento de su desvinculación o a otro equivalente o de

Considerando · 5 motivos

Que mediante sentencia de fecha 10 de marzo de 2004, proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca - Sección Segunda - Sala de Descongestión - Subsección “B”, se ordenó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público reintegrar a la señora María Segunda Escobar González, al mismo cargo que desempeñaba al momento de su desvinculación o a otro equivalente o de superior jerarquía, teniéndose como efectivamente servido el tiempo transcurrido entre su desvinculación y el reintegro;

Que la señora María Segunda Escobar González desempeñaba el cargo de Técnico Administrativo Código 4065 Grado 16 al momento de su desvinculación;

Que en la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, establecida mediante el Decreto 247 de 2004, modificada por el Decreto 1686 de 2004, no existen cargos vacantes de Técnico Administrativo, Código 4065 Grado 16;

Que se hace necesario dar cumplimiento al fallo proferido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca;

Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, expidió el respectivo certificado de viabilidad presupuestal;

Artículo 1Suprímese De La Planta De Personal Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, El Cargo Que Se Relaciona A Continuación: Planta Global N° De Cargos Denominación Del Cargo Código- Grado 1 (Uno) Técnico Administrativo 4065-17

°. Suprímese de la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el cargo que se relaciona a continuación: PLANTA GLOBAL N° de cargos Denominación del cargo Código- Grado 1 (uno) Técnico Administrativo 4065-17

Artículo 2Créase En La Planta De Personal Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público El Siguiente Cargo: Planta Global N° De Cargos Denominación Del Cargo Código- Grado 1 (Uno) Técnico Administrativo 4065-16

°. Créase en la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público el siguiente cargo: PLANTA GLOBAL N° de cargos Denominación del cargo Código- Grado 1 (uno) Técnico Administrativo 4065-16

Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Modifica En Lo Pertinente El Decreto 247 De 2004

°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 247 de 2004.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, y
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública