Artículo 1Adiciónanse Los Cómputos Del Presupuesto De Rentas Y Recursos De Capital Del Tesoro De La Nación Para La Vigencia Fiscal De 1975 En La Cantidad De Ciento Cuarenta Y Un Millones Quinientos Veintitrés Mil Setecientos Cincuenta Pesos ($ 141
º Adiciónanse los cómputos del presupuesto de rentas y recursos de capital del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1975 en la cantidad de ciento cuarenta y un millones quinientos veintitrés mil setecientos cincuenta pesos ($ 141.523.750.00) moneda legal, que, con base en el certificado de disponibilidad número 15 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República se incorporarán con imputación al siguiente numeral: Presupuesto de rentas e ingresos CAPITULO XI c) Otros recursos Numeral 110-C. Mayor producto de las rentas globalmente consideradas, (artículo 103 del Decreto-ley número 294 de 1973) $ 141.523.750.00 Suma el recurso $ 141.523.750.00
Artículo 2Con
º Con .base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al presupuesto de gastos para !a vigencia fiscal de 1975. Presupuesto de funcionamiento . . MINISTERIO DE, HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Deuda Pública Nacional CAPITULO 155' Dirección General de Crédito Público . Programa 155 . Deuda Externa. Bancos Extranjeros . Artículo 1646. Servicio de la. deuda contraída con un grupo de' bancos americanos de los Estados Unidos de Norte América, de acuerdo con el contrato de mayo 19 de 1975, celebrado entre el Gobierno de la República de Colombia y varios bancos, en virtud de las Leyes 13 de 1970, 3ª de 1972 y 18 de 1975, así: 302 510 503 Intereses $ 141.423.750 303 510 505 Comisiones y gastos $ 100.000 141.523.750.00 Suma el crédito adicional 141.523.750.00
Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.