El Presidente de la Republica de Colombia
en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia
Artículo 1
º . Suprímase de la planta de personal de la Caja Nacional de Previsión Social el siguiente empleo: Nº de cargos Denominación del cargo Código Grado Uno (1) Director General de Entidad Descentralizada 0015 22
Artículo 2
º . Créase en la planta de personal de la Caja Nacional de Previsión Social, el siguiente empleo: Nº de cargos Denominación del cargo Código Grado Uno (1) Gerente General de Entidad Descentralizada 0015 25
Artículo 3
º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente disposiciones que le sean contrarias.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la Republica de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
La Ministra de Trabajo y Seguridad Social
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública