en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y CONSIDERANDO: Que el Presidente de la República se trasladará a la ciudad de Santiago de Chile (República de Chile), con el fin de asistir a la Transmisión del Mando Presidencial, del día 9 al 13 de marzo de los corrientes
Considerando · 2 motivos
Que el Presidente de la República se trasladará a la ciudad de Santiago de Chile (República de Chile), con el fin de asistir a la Transmisión del Mando Presidencial, del día 9 al 13 de marzo de los corrientes;
Que de conformidad con las disposiciones constitucionales y con la precedencia establecida en las leyes, el Ministro de Justicia y del Derecho está habilitado para ejercer las funciones constitucionales como Ministro Delegatario;
Artículo 1
º . Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente Decreto, deléganse en el Ministro de Justicia y del Derecho, doctor Rómulo González Trujillo, las funci ones constitucionales correspondientes a los siguientes asuntos
Artículos 129, 189, con excepción de lo previsto en los numerales 1º y 2º, 304 y 314.
Artículo 150 ordinal 10 en cuanto se refiere al ejercicio de las facultades extraordinarias concedidas al Presidente de la República.
Artículos 163, 165 y 166.
Artículos 200 y 201.
Artículos 213, 214 y 215.
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.