Micelio

decreto 1949 de 1936

2 artículos · lectura continua

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales

Artículo 1

Adiciónase la distribución de la partida asignada para sueldos del personal de la Escuela Normal de Rurales de Bogotá, hecha en el Decreto número 301 del año en curso, así:

Sueldo de un Chofer, a $ 60 mensuales, en cinco meses, $ 300.

Parágrafo

La suma necesaria para dar cumplimiento al presente Decreto está incluida en el artículo 256, capítulo 47, de la Ley de Apropiaciones vigente.

Artículo 256, Capítulo 47, De La Ley De Apropiaciones Vigente

Artículo único. Adiciónase la distribución de la partida asignada para sueldos del personal de la Escuela Normal de Rurales de Bogotá, hecha en el Decreto número 301 del año en curso, así: Sueldo de un Chofer, a $ 60 mensuales, en cinco meses, $ 300.

Parágrafo

La suma necesaria para dar cumplimiento al presente Decreto está incluida en el artículo 256, capítulo 47, de la Ley de Apropiaciones vigente. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
el Secretario del Despacho, autorizado