Artículo 1
Art. 1°. Asígnase al Ingeniero del Ferrocarril de la Sabana Sr. Silvio Peña un sobresueldo de cincuenta pesos ($ 50) oro mensuales, con el objeto de que se encargue de todo lo referente á la reparación de las carreteras de Mosquera á Barroblanco y de Madrid á la Boca del Monte de La Mesa, y del camino de herradura de este punto á la estación del Ferrocarril de Girardot.
Artículo 2
Art 2°. Nómbrase al Sr. D. Ulpiano Valenzuela Comisionado especial ad honorem para el efecto de vigilar las obras de reparación de la carretera de Madrid á la Boca del Monte, y de verificar semanalmente los pagos tanto del personal como del material empleados en esa obras.
Artículo 3
Art. 3°. El Comisionado presentará al Ministerio de Obras Públicas debidamente comprobadas las cuentas de las cantidades que reciba con destino á las obras de que se trata.
Artículo 4
Nómbrase al Sr. Leopoldo Sarmiento Sobrestante de los trabajos en referencia, con la asignación de cincuenta pesos ($ 50) oro mensuales, que serán pagados, lo mismo que el sobresueldo del Ingeniero, con imputación al artículo 387, capítulo 65 del Presupuesto de Gastos para la vigencia en curso.
Artículo 387, Capítulo 65 Del Presupuesto De Gastos Para La Vigencia En Curso
Art. 4°. Nómbrase al Sr. Leopoldo Sarmiento Sobrestante de los trabajos en referencia, con la asignación de cincuenta pesos ($ 50) oro mensuales, que serán pagados, lo mismo que el sobresueldo del Ingeniero, con imputación al artículo 387, capítulo 65 del Presupuesto de Gastos para la vigencia en curso.
Artículo 5
Art. 5°. Queda en estos términos reformado el Decreto número 575 del presente año (7 de Junio), cuyas disposiciones quedan vigentes en cuanto no sean contrarias á las del presente.