Micelio

decreto 798 de 1951

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 45 del Decreto número 289 de 1950

Artículo 1A Partir Del 1° De Abril Del Presente Año, Suprímense Los Siguientes Cargos En El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público; Un Secretario Auxiliar Del Gabinete Del Ministro, Con Asignación Mensual De $ 600

° A partir del 1° de abril del presente año, suprímense los siguientes cargos en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público; Un Secretario Auxiliar del Gabinete del Ministro, con asignación mensual de $ 600.00 Una Mecanotaquígrafa del Gabinete del Ministro, con asignación mensual de 300.00 Un Oficial Mayor de la Secretaría General del Ministerio de Hacienda, con asignación mensual de 320.00

Artículo 2Créanse Los Siguientes Cargos En El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público: Una Secretaria Privada Del Gabinete Del Ministro, Con Una Asignación Mensual De $ 400

° Créanse los siguientes cargos en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público: Una Secretaria Privada del Gabinete del Ministro, con una asignación mensual de $ 400.00 Un Portero Mensajero del Gabinete del Ministro, con una asignación mensual de 180.00 Un Oficial de Correspondencia de la Secretaría General del Ministerio de Hacienda, con una asignación mensual de 380.00

Artículo 3Para Desempeñar Los Cargos Anteriores, Hácense Los Siguientes Nombramientos: Secretaria Privada Del Gabinete Del Ministro, Señora Inés De Morales, Y Oficial De Correspondencia De La Secretaría General, Señora María Elena G

° Para desempeñar los cargos anteriores, hácense los siguientes nombramientos: Secretaria Privada del Gabinete del Ministro, señora Inés de Morales, y Oficial de Correspondencia de la Secretaría General, señora María Elena G. de Robayo. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público