Micelio

decreto 221 de 1959

4 artículos · lectura continua

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que por Decreto número 1718 de septiembre 3 de 1958 se creó una Comisión Ministerial encargada de la preparación y ejecución del plan de rehabilitación en las zonas afectadas por la violencia

Considerando · 4 motivos

Que por Decreto número 1718 de septiembre 3 de 1958 se creó una Comisión Ministerial encargada de la preparación y ejecución del plan de rehabilitación en las zonas afectadas por la violencia;

Que el artículo 4° del Decreto 0323 del mismo año facultó a la Comisión Especial de Rehabilitación para crear los cargos y fijar las asignaciones y viáticos de los empleados necesarios para las actividades que le son propias;

Que por Decreto número 0003 de 15 de enero de 1959 se crearon tres cargos de Jueces de Instrucción Criminal, con el objeto de intensificar la investigación e los delitos ocasionados por la violencia en el Departamento de Caldas;

Que la Comisión Especial en sesión del 21 de enero del presente año, como consta en Acta número 21, determinó crear tres cargos de Secretarios para esos Juzgados, lo mismo que un cargo de Oficial de Kárdex para la Seccional de Instrucción Criminal en el Departamento del Tolima;

Artículo 1Créanse Tres Cargos De Secretarios Para Los Juzgados De Instrucción Criminal Localizados En El Departamento De Caldas Por Decreto 0003 De 1959, Que Serán De Libre Nombramiento Y Remoción Por El Gobierno, Tendrán Las Mismas Funciones Y Devengarán Las Mismas Asignaciones Y Viáticos Señalados A Los Secretarios De Los Juzgados De Instrucción Del Ministerio De Justicia

° Créanse tres cargos de Secretarios para los Juzgados de Instrucción Criminal localizados en el Departamento de Caldas por Decreto 0003 de 1959, que serán de libre nombramiento y remoción por el Gobierno, tendrán las mismas funciones y devengarán las mismas asignaciones y viáticos señalados a los Secretarios de los Juzgados de Instrucción del Ministerio de Justicia.

Artículo 2Créase El Cargo De Oficial De Kárdex De La Seccional De Instrucción Criminal Del Tolima, Con Una Asignación Mensual De Trescientos Pesos ($300

° Créase el cargo de Oficial de Kárdex de la Seccional de Instrucción Criminal del Tolima, con una asignación mensual de trescientos pesos ($300.00).

Artículo 3El Pago De Lo Sueldos Y Viáticos De Los Empleados Creados Por Este Decreto, Se Atenderá Por El Ministerio De Gobierno Con Imputación Al Artículo 0364-A Del Capítulo 0-36-A Del Presupuesto Nacional

° El pago de lo sueldos y viáticos de los empleados creados por este Decreto, se atenderá por el Ministerio de Gobierno con imputación al artículo 0364-A del Capítulo 0-36-A del Presupuesto Nacional.

Artículo 4Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

° Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese,

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno