en uso de sus facultades légales CONSIDERANDO Que al elaborar el Decreto número 3227 de este año. Sobre alza de salarios del personal del ramo fluvial, se olvidó incluir las Inspecciones Fluviales de Puerto López y Puerto Carreño Que el Decreto 995 de 1914 que creó los cargos para las inspecciones Fluviales de Puerto Carreño y Puerto López advierte que tendrán las mismas atribuciones y deberes señalados .paras Inspectores Fluviales del río Magdalena Que por lo tanto también deben quedar con los mismos derechos reconoci
Considerando · 3 motivos
Que al elaborar el Decreto número 3227 de este año. Sobre alza de salarios del personal del ramo fluvial, se olvidó incluir las Inspecciones Fluviales de Puerto López y Puerto Carreño;
Que el Decreto 995 de 1914 que creó los cargos para las inspecciones Fluviales de Puerto Carreño y Puerto López advierte que tendrán las mismas atribuciones y deberes señalados .paras Inspectores Fluviales del río Magdalena;
Que por lo tanto también deben quedar con los mismos derechos reconocidos en el río Magdalena;
Artículo 1
Artículo único. Adicionase el Decreto 3227 dé 15 de septiembre del año en curso , para incluir en el alza de salarios ahí señalada, al personal que trabaja en las Inspecciones Fluviales de Puerto López y Puerto Carreño. Comuníquese y publíquese.