Micelio

decreto 1754 de 1922

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Artículo 1

Artículo único. Autorízase al Administrador General de Correos Nacionales, para que en atención a la mayor o menor importancia social y comercial de la población en donde se establezca el servicio, fijé la tarifa que deba regir por el arrendamiento semestral de cada cajilla. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno