en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998
Artículo 1º
º. Suprímense los siguientes empleos de la Planta de Personal de la Junta Administradora Seccional de Deportes de Risaralda: Número de cargos Denominación del cargo Código Grado Tres (3) Jefe de División 2040 6 Cinco (5) Profesional Universitario 3020 8 Tres (3) Profesional Universitario 3020 6 Dos (2) Médico Especialista (MT) 3120 16 Uno (1) Asistente Administrativo 4140 12 Uno (1) Técnico Administrativo 4065 7 Tres (3) Auxiliar Administrativo 5120 21 Dos (2) Auxiliar Administrativo 5120 16 Uno (1) Auxiliar Administrativo 5120 11 Uno (1) Secretario 5140 13 Tres (3) Secretario 5140 10 Uno (1) Operario Calificado 5300 9 Uno (1) Conductor Mecánico 5310 9 Dos (2) Auxiliar de Servicios Generales 5335 11
El cargo de Director de Unidad Administrativa Especial, código 2025, grado 16 se entenderá suprimido una vez se firme el acta definitiva de liquidación.
Artículo 2º
º. Suprímense los siguientes empleos de la Planta de Personal de la junta AdministradoraSeccional de Deportes de Bogotá: Número de cargos Denominación del cargo Código Grado Tres (3) Jefe de División 2040 12 Tres (3) Jefe de Oficina 2045 14 Tres (3) Profesional Especializado 3010 15 Cuatro (4) Profesional Universitario 3020 13 Dos (2) Profesional Universitario 3020 11 Siete (7) Profesional Universitario 3020 8 Nueve (9) Profesional Universitario 3020 5 Cinco (5) Médico (M.T) 3085 14 Uno (1) Analista de Sistemas 4005 16 Tres (3) Técnico Administrativo 4065 12 Ocho (8) Técnico Administrativo 4065 10 Cinco (5) Técnico Administrativo 4065 9 Cinco (5) Técnico Administrativo 4065 8 Uno (1) Técnico Administrativo 4065 10 Tres (3) Asistente Administrativo 4140 13 Siete (7) Asistente Administrativo 4140 11 Cinco (5) Auxiliar Administrativo 5120 22 Uno (1) Secretario Ejecutivo 5040 18 Tres (3) Secretario Ejecutivo 5040 16 Tres (3) Secretario Ejecutivo 5040 14 Once (11) Secretario Ejecutivo 5040 11 Uno (1) Auxiliar Administrativo 5120 18 Dos (2) Auxiliar Administrativo 5120 14 Cuatro (4) Auxiliar Administrativo 5120 11 Cuatro (4) Auxiliar Administrativo 5120 9 Dos (2) Operario Calificado 5300 13 Dos (2) Operario Calificado 5300 11 Tres(3) Operario Calificado 5300 9 Tres (3) Conductor Mecánico 5310 11 Diez (10) Auxiliar de Servicios Generales 5335 7
El cargo de Director de Unidad Administrativa Especial, código 2025, grado 16 se entenderá suprimido una vez se firme el acta definitiva de liquidación.
Artículo 3º Suprímense Los Siguientes Empleos De La Planta De Personal De La Junta Administradora Seccional De Deportes De San Andrés: Número De Cargos Denominación Del Cargo Código Grado Dos (2) Profesional Universitario 3020 4 Uno (1) Médico Especialista (M
º Suprímense los siguientes empleos de la Planta de Personal de la Junta Administradora Seccional de Deportes de San Andrés: Número de cargos Denominación del cargo Código Grado Dos (2) Profesional Universitario 3020 4 Uno (1) Médico Especialista (M.T.) 3120 16 Tres (3) Técnico Profesional 4175 7 Uno (1) Técnico Administrativo 4065 7 Uno (1) Pagador 5045 13 Uno (1) Secretario 5140 10 Uno (1) Conductor Mecánico 5310 6 Uno (1) Auxiliar de Servicios Generales 5335 7 Uno (1) Auxiliar de Servicios Generales 5335 6
El cargo de Director de Unidad Administrativa Especial, Código 2025, Grado 12, se entenderá suprimido una vez se firme el acta definitiva de liquidación de la Junta.
Artículo 4º
º. Suprímense los siguientes empleos de la Planta de Personal de la Junta Administradora Seccional de Deportes de Cundinamarca: Número de cargos Denominación del cargo Código Grado Tres (3) Jefe de División 2040 6 Cinco (5) Profesional Universitario 3020 5 Uno (1) Asistente Administrativo 4140 10 Uno (1) Dibujante 4095 6 Uno (1) Técnico Administrativo 4065 7 Uno (1) Instructor 4085 8 Uno (1) Auxiliar Administrativo 5120 21 Ocho (8) Auxiliar Administrativo 5120 16 Dos (2) Auxiliar Administrativo 5120 10 Dos (2) Auxiliar Administrativo 5120 11 Dos (2) Auxiliar Administrativo 5120 9 Uno (1) Operario 5330 5 Uno (1) Secretario 5140 13 Uno (1) Conductor Mecánico 5310 9 Dos (2) Auxiliar de Servicios Generales 5335 9
El cargo de Director de Unidad Administrativa Especial, Código 2025, Grado 16, se entenderá suprimido una vez se firme el acta definitiva de liquidación.
Artículo 5º
º. Suprímense los siguientes empleos de la Planta de Personal de la Junta Administradora Seccional de Deportes de Antioquia: Número de cargos Denominación del cargo Código Grado Dos (2) Subdirector 2030 12 Uno (1) Jefe de Oficina 2045 10 Dos (2) Jefe de Oficina 2045 9 Cinco (5) Jefe de División 2040 7 Cuatro (4) Profesional Especializado 3010 9 Uno (1) Profesional Especializado 3010 11 Nueve (9) Profesional Universitario 3020 6 Ocho (8) Profesional Universitario 3020 4 Dos (2) Técnico Administrativo 4080 8 Uno (1) Asistente Administrativo 4140 16 Cinco (5) Técnico Operativo 4080 9 Tres (3) Médico Especialista (M.T.) 3120 16 Uno (1) Auxiliar de Técnico 4110 5 Uno (1) Técnico Administrativo 4065 10 Uno (1) Técnico Administrativo 4065 7 Dos (2) Auxiliar Administrativo 5005 18 Uno (1) Auxiliar Administrativo 5120 21 Dos (2) Auxiliar Administrativo 5120 16 Uno (1) Tesorero 5015 22 Dos (2) Auxiliar Administrativo 5120 12 Diecisiete (17) Auxiliar Administrativo 5120 11 Uno (1) Auxiliar Administrativo 5120 10 Uno (1) Secretario Ejecutivo 5040 18 Dos (2) Secretario 5140 11 Cuatro (4) Secretario 5140 10 Seis (6) Secretario 5140 8 Ocho (8) Secretario 5140 7 Uno (1) Operario Calificado 5300 11 Dos (2) Operario Calificado 5300 7 Cinco (5) Conductor 5310 9 Dos (2) Auxiliar de Servicios Generales 5335 9 Dos (2) Auxiliar de Servicios Generales 5335 6 Cinco (5) Auxiliar de Servicios Generales 5335 5
El cargo de Director de Unidad Administrativa Especial Código 2025, Grado 18, se entenderá suprimido una vez se firme el acta definitiva de liquidación de la junta.
Artículo 6º
º. Los empleados públicos de carrera administrativa a quienes se les suprime el cargo como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto, podrán optar entre ser indemnizados o ser incorporados a empleos de carrera equivalentes, conforme a lo consagrado en la Ley 443 de 1998, y demás normas que la reglamenten, modifiquen o adicionen.
Artículo 7º
º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga los Decretos 924 del 2 de junio de 1995, 2332 del 29 de diciembre de 1995, 921 del 2 de junio de 1995, 744 del 24 de abril de 1996, 914 del 2 de junio de 1994 y demás disposiciones que le sean contrarias.