en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 y, CONSIDERANDO: Que el Gobierno Nacional ordenó la supresión y en consecuencia la liquidación de la Comisión de Regulación en Salud (CRES), y trasladó sus funciones al Ministerio de Salud y Protección Social. Que para garantizar la continuidad de la prestación del servicio se requiere que varios de los servidores que venían desempeñando
Considerando · 3 motivos
Que el Gobierno Nacional ordenó la supresión y en consecuencia la liquidación de la Comisión de Regulación en Salud (CRES), y trasladó sus funciones al Ministerio de Salud y Protección Social.
Que para garantizar la continuidad de la prestación del servicio se requiere que varios de los servidores que venían desempeñando las funciones en la Comisión de Regulación en Salud (CRES) en Liquidación sean incorporados en los empleos que se creen para el efecto en la planta de personal del Ministerio de Salud y Protección Social, para lo cual se hace necesario suprimir los cargos que vienen desempeñando.
Que para los fines de este decreto, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional emitió concepto favorable. En mérito de lo expuesto;
Artículo 1Suprímense De La Planta De Personal De La Unidad Administrativa Especial, Comisión De Regulación En Salud (Cres) En Liquidación, Los Siguientes Cargos: N° De Cargos Denominación Del Cargo Código Grado 5 (Cinco) Experto De Comisión Reguladora 0090 Despacho Del Coordinador Ejecutivo 5 (Cinco) Asesor 1020 16 Dos (2) Secretario Ejecutivo 4210 24 Planta Global Uno (1) Subdirector Técnico 0150 21 Ocho (8) Profesional Especializado 2028 22 Trece (13) Profesional Especializado 2028 21 Tres (3) Profesional Especializado 2028 20 Ocho (8) Profesional Especializado 2028 18 Cuatro (4) Profesional Especializado 2028 12 Dos (2) Profesional Universitario 2044 08 Dos (2) Técnico Administrativo 3124 17 Dos (2) Secretario Ejecutivo 4210 19 Uno (1) Auxiliar Administrativo 4044 19 Parágrafo
°. Suprímense de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial, Comisión de Regulación en Salud (CRES) en Liquidación, los siguientes cargos: N° de Cargos Denominación del Cargo Código Grado 5 (Cinco) Experto de Comisión Reguladora 0090 DESPACHO DEL COORDINADOR EJECUTIVO 5 (Cinco) Asesor 1020 16 Dos (2) Secretario Ejecutivo 4210 24 PLANTA GLOBAL Uno (1) Subdirector Técnico 0150 21 Ocho (8) Profesional Especializado 2028 22 Trece (13) Profesional Especializado 2028 21 Tres (3) Profesional Especializado 2028 20 Ocho (8) Profesional Especializado 2028 18 Cuatro (4) Profesional Especializado 2028 12 Dos (2) Profesional Universitario 2044 08 Dos (2) Técnico Administrativo 3124 17 Dos (2) Secretario Ejecutivo 4210 19 Uno (1) Auxiliar Administrativo 4044 19
Los servidores públicos que vienen desempeñando los empleos suprimidos en el presente artículo, con excepción de los empleos del nivel directivo, serán incorporados de manera directa en los empleos que se creen para el efecto en la planta del Ministerio de Salud y Protección Social, en las mismas condiciones que ostentan en el empleo de los cuales son titulares.
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Y Modifica Los Decretos 4836 De 2008, 116 De 2010 Y Demás Disposiciones Que Le Sean Contrarias
°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, y modifica los Decretos 4836 de 2008, 116 de 2010 y demás disposiciones que le sean contrarias.