El Presidente de la República de Colombia
en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 01 de 1986
Artículo 1A Partir Del 1ø De Enero De 1986, Fíjanse Las Siguientes Escalas De Remuneración Para El Personal Directivo De La Compañía De Fomento Cinematográfico -Focine-: Cargo Grado Asignacion Basica Gastos De Representación Total Gerente 03 85
º A partir del 1ø de enero de 1986, fíjanse las siguientes escalas de remuneración para el personal directivo de la Compañía de Fomento Cinematográfico -FOCINE-: CARGO GRADO ASIGNACION BASICA GASTOS DE REPRESENTACIÓN TOTAL Gerente 03 85.003 85.002 170.005 Subgerente 05 61.375 61.375 122.750 Secretario General 06 61.375 61.375 122.750
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Deroga El Decreto - Ley 122 De 1985 Y Demás Disposiciones Que Le Sean Contrarias Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1ø De Enero De 1986
º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el Decreto - ley 122 de 1985 y demás disposiciones que le sean contrarias y surte efectos fiscales a partir del 1ø de enero de 1986.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 01 de 1986
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
La Ministra de Comunicaciones (E.)
La Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil