Micelio

decreto 796 de 1975

3 artículos · lectura continua

Artículo 1Adiciónanse Los Cómputos Del Presupuesto De Rentas Y Recursos De Capital Del Tesoro De La Nación Para La Vigencia Fiscal De 1975 Con La Cantidad De Veintiún Millones Quinientos Ochenta Y Nueve Mil Ciento Treinta Y Cinco Pesos ($ 21

° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1975 con la cantidad de veintiún millones quinientos ochenta y nueve mil ciento treinta y cinco pesos ($ 21.589.135.00) moneda legal, que con base en el Certificado de Disponibilidad número 6° del mismo año, expedido por le Contralor General de la República se incorporarán con imputación al siguiente numeral: PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL Capítulo IV b) Impuesto sobre la producción y consumo Numeral 20. Impuesto a las ventas $ 21.589.135 Suma el recurso $ 21.589.135

Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior Ábrense Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1975

° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Ministerio de Salud Pública Capítulo 215 Despacho del Ministro Programa 215 Dirección y Administración Servicios Personales 101 111 103 Artículo 2151. Sueldos del personal de nómina 8.427.046 101 111 105 Artículo 2152 Gastos de representación 19.800 102 111 121 Artículo 2157-B Prima de vacaciones 1.250.000 Capítulo 216 Dirección General de Atención Médica Programa 216 Atención Médica Servicios Personales 101 351 103 Artículo 2174. Sueldos del personal de nómina 7.528.449 Capítulo 217 Dirección General de Campañas Directas Programa 217 Administración de Campañas Directas Servicios Personales 101 356 103 Artículo 2195. Sueldos del personal de nómina 49.700 Capítulo 218 Dirección General de Saneamiento Programa 218 Saneamiento Ambiental Servicios Personales 101 355 103 Artículo 2208. Sueldos del personal de nómina 2.746.863 Capítulo 218-A Dirección General de Recursos Humanos para la Salud Programa 218-A Recursos Humanos Servicios Personales 101 355 103 Artículo 2208-A. Sueldos del personal de nómina $ 548.576 Capítulo 218-B Dirección General de Investigación Programa 218-B Investigación Servicios Personales 101 355 103 Artículo 2208-B. Sueldos del personal de nómina 171.965 Capítulo 218-C Dirección General de Vigilancia y Control Programa 218-C Vigilancia y Control Servicios Personales 101 355 103 Artículo 2208-C. Sueldos del personal de nómina 406.494 Capítulo 218-D Dirección General de Epidemiología Programa 218-D Epidemiología Servicios Personales 101 355 103 Artículo 2208-D. Sueldos del personal de nómina 440.222 Suman los créditos adicionales $ 21.589.135

Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público