El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO que el honorable Consejo de Ministros autorizó el traslado solicitado por el Ministerio de Obras Públicas de varias sumas dentro del Presupuesto de gastos de la vigencia en curso
Artículo 1
Hácense los siguientes traslados en la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso:
Artículo 3246,000 Del Capítulo 65, Artículo 325 6,000 Al Capítulo 62, Artículo 292 12,000 Sumas Iguales $ 12,000 12,000 Comuníquese Y Publíquese
Artículo único. Hácense los siguientes traslados en la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso: Del capítulo 65, artículo 324 6,000 Del capítulo 65, artículo 325 6,000 Al capítulo 62, artículo 292 12,000 Sumas iguales $ 12,000 12,000 Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Guerra, encargado del Despacho de Obras Públicas
Alfonso Araujoencargado