en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO que el Consejo de Ministros en su sesión del día 24 de Octubre del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Educación Nacional, según consta en el acta respectiva
Artículo 1
º. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL CAPITULO 69.
Artículo 2
Del artículo 1044. Para pagar los aumentos decretados por la Ley 109 de 1946 para los empleados y profesores del Ministerio 17.566.84 CAPITULO 76. 3.000.00 Del artículo 1292. Para aseguros, dotación, reparaciones, jornales, reformas ornamentales, reparaciones en general del edificio, y demás gastos del Teatro de Colón Suman los Contracréditos 20.566.84 CAPITULO 83. 20.566.84 Al artículo 1777. Para el pago de gastos extraordinarios e imprevistos del Ministerio Suman los créditos 20.566.84 Artículo 2º. El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.