El Presidente de la República de Colombia
En uso de sus facultades legales
Artículo 1
Artículo único . Apruébase en todas sus partes el Decreto número 66, de 17 de diciembre de 1924, dictado por el Comisario Especial del Putumayo, "por el cual se adoptan algunas disposiciones fiscales para la Administración Municipal en el territorio de la Comisaría." Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno