El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales
Artículo 1
Artículo único. Por terminación de la obra del Edificio de Correos y Telégrafos de Mocoa, dependiente de la Zona de Edificios Nacionales de Nariño, suprímense los cargos de Subalmacenista y Maestro de Obras de dicha construcción, el primero con retroactividad al 16 de marzo, y el segundo a partir del 20 de los corrientes. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas