Micelio

decreto 949 de 1914

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Artículo 1La Sección 1

° La Sección 1.ª del Ministerio de Relaciones Exteriores se compondrá del personal siguiente : Un Jefe, un Director, un Subdirector Encargado del Ceremoníal Diplomático, un Oficial primero, un Oficial segundo y un Calígrafo.

Artículo 2° Los Empleos Señalados En El Artículo Primero, Serán Desempeñados, Respectivamente Por Los Señores Doctor Antonio Gómez Restrepo, Secretario Del Ministerio ; General Gabriel Valencia, Actual Director De La Sección ; Don Carlos Castello E

° Los empleos señalados en el artículo primero, serán desempeñados, respectivamente por los señores doctor Antonio Gómez Restrepo, Secretario del Ministerio ; General Gabriel Valencia, actual Director de la Sección ; don Carlos Castello E., don Carlos Uribe B., don Angel María Céspedes y don Jesús Antonio Uribe.

Artículo 3° La Sección 3

° La Sección 3.ª del Ministerio tendrá el siguiente personal : Un Director, un Subdirector un primer Traductor, un segundo Traductor, y un Oficial Auxiliar.

Artículo 4° Los Empleos De Dicha Sección 3

° Los empleos de dicha Sección 3.ª estarán a cargo de los señores doctor Sebastián Hoyos, don Alberto Sánchez, don Leopoldo Montejo, don Hernando Santos y don Rafael González Concha.

Parágrafo

Todos los empleados de que trata el presente Decreto disfrutarán de las asignaciones mensuales que señala el respectivo Presupuesto de rentas y gastos. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Relaciones Exteriores