Micelio

decreto 1752 de 1951

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1

Del saldo no distribuido de la partida apropiada en el Capítulo 101, artículo 1467-A, del presupuesto vigente, "Para construcción, reparaciones, adiciones y mejoras, dotación y equipo de los diferentes edificios con destino a establecimientos de educación en el país, aporte para el stádium de Popayán, compra de terrenos, locales o edificios para los mismos establecimientos, según destinación que hará el Gobierno", hácese la siguiente distribución parcial:

MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL

Capítulo 101, artículo 1467-A

Artículo 1467-A, Del Presupuesto Vigente, "para Construcción, Reparaciones, Adiciones Y Mejoras, Dotación Y Equipo De Los Diferentes Edificios Con Destino A Establecimientos De Educación En El País, Aporte Para El Stádium De Popayán, Compra De Terrenos, Locales O Edificios Para Los Mismos Establecimientos, Según Destinación Que Hará El Gobierno", Hácese La Siguiente Distribución Parcial: Ministerio De Educacion Nacional Capítulo 101, Artículo 1467-A Ordinal 8

Artículo único. Del saldo no distribuido de la partida apropiada en el Capítulo 101, artículo 1467-A, del presupuesto vigente, "Para construcción, reparaciones, adiciones y mejoras, dotación y equipo de los diferentes edificios con destino a establecimientos de educación en el país, aporte para el stádium de Popayán, compra de terrenos, locales o edificios para los mismos establecimientos, según destinación que hará el Gobierno", hácese la siguiente distribución parcial: MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL Capítulo 101, artículo 1467-A Ordinal 8. Para continuar la construcción de la Escuela Normal de Quibdó y la Escuela de Artes y oficios de Istmina $ 162.681.34 Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Obras Públicas