Micelio

decreto 83 de 2005

3 artículos · lectura continua

El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial la que le confiere el artículo 3º del Decreto-ley 254 de 2000

Artículo 1

º . Modifícase el artículo 3º del Decreto 1791 de 2003, el cual quedará así: Artículo 3º . Organo de dirección de la liquidación. Es órgano de dirección de la liquidación de La Empresa Colombiana de Vías Férreas, Ferrovías en Liquidación el liquidador, cuyos actos se regirán por lo dispuesto en el presente decreto.

Artículo 2

º . Deróganse los artículos 4º y 5º del Decreto 1791 de 2003.

Artículo 3

º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial la que le confiere el artículo 3º del Decreto-ley 254 de 2000
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Transporte
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública