en ejercicio de sus facultades legales
Artículo 1A Partir Del Primero De Marzo Del Presente Año, Suprímense Los Cargos De Ingenieros Comisionados En Los Estados Unidos De América Para La Consecución Y Despacho De Materiales Destinados A La Reconstrucción De Bogotá Y De Otras Ciudades Del País, Creados Por El Artículo Primero Del Decreto Número 1421 De 1948
°. A partir del primero de marzo del presente año, suprímense los cargos de Ingenieros Comisionados en los Estados Unidos de América para la consecución y despacho de materiales destinados a la reconstrucción de Bogotá y de otras ciudades del país, creados por el artículo primero del Decreto número 1421 de 1948.
Artículo 2El Ingeniero Comisionado En Los Estados Unidos De América, Para La Consecución Y Despacho De Materiales Destinados Á La Reconstrucción De Bogotá Y De Otras Ciudades Del País, Doctor Roberto Botero Londoño, Cuyo Cargo Se Suprime Por El Artículo Anterior, Tendrá Derecho A Devengar Su Asignación Hasta El Quince (15) De Marzo, Inclusive Del Presente Año, Por Continuar Prestando Sus Servicios Hasta Esa Fecha
°. El Ingeniero Comisionado en los Estados Unidos de América, para la consecución y despacho de materiales destinados á la reconstrucción de Bogotá y de otras ciudades del país, doctor Roberto Botero Londoño, cuyo cargo se suprime por el artículo anterior, tendrá derecho a devengar su asignación hasta el quince (15) de marzo, inclusive del presente año, por continuar prestando sus servicios hasta esa fecha. Comuníquese y publíquese.