Micelio

decreto 1257 de 1952

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en uso de sus facultades legales

Artículo 1A Partir De La Fecha Del Presente Decreto, El Señor Eduardo Carrizosa De Brigard, Además De Las Funciones De Secretario De La Delegación De Colombia Ante Las Naciones Unidas, Tendrá Las De Segundo Delegado Ante Aquel Organismo, Con Rango De Enviado Extraordinario Y Ministro Plenipotenciario

°. A partir de la fecha del presente Decreto, el señor Eduardo Carrizosa de Brigard, además de las funciones de Secretario de la Delegación de Colombia ante las Naciones Unidas, tendrá las de Segundo Delegado ante aquel Organismo, con rango de Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario.

Artículo 2En Su Carácter De Segundo Delegado, El Señor Carrizosa De Brigard Disfrutará De La Suma Mensual De Quinientos Pesos ($ 500

°. En su carácter de Segundo Delegado, el señor Carrizosa de Brigard disfrutará de la suma mensual de quinientos pesos ($ 500.00) como gastos de representación. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores