Micelio

decreto 489 de 1999

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en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 17 del artículo 189 de la Constitución Política, CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto número 387 del 3 de marzo de 1997, en su artículo 1º se suprimió la Consejería para la Atención de la Población Desplazada por la Violencia

Considerando · 1 motivo

Que mediante el Decreto número 387 del 3 de marzo de 1997, en su artículo 1º se suprimió la Consejería para la Atención de la Población Desplazada por la Violencia;

Artículo 1º

º. Asignar a la Red de Solidaridad Social Entidad adscrita al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, las actuaciones y funciones que realizaba la Consejería Presidencial para la Atención de la Población Desplazada por la Violencia.

Artículo 2º

º. Este decreto rige a partir de la fecha de su expedición y dejan sin efecto las disposiciones que le sean contrarias. Publíquese, comuníquese cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, a 11 de marzo de 1999. ANDRES PASTRANA ARANGO El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Juan Hernández Celis.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República