Micelio

decreto 1419 de 1949

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 17 de mayo del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Obras Públicas, según consta en el acta respectiva

Artículo 1Mácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Obras Publicas Capítulo 108

° Mácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Capítulo 108 . Del artículo 2139. Para atender .a los gatos que demanden la administración y explotación del puerto terminal de Barranquilla, en el año $ 421.500.00 Capítulo 118 . Del artículo 2373: Para continuar la construcción del colegio oficial instituto "Isidro Parra", del Líbano 4.800.00 Suman los contracréditos $ 426.300.00 Capítulo 108 . Al artículo 2143. Para adquisiciones, mejoras, dotación y conservación de las obras de Bocas de Ceniza y "Puerto Terminal de Barranquilla, en el año $ 421.500.00 Capítulo 120 . Al artículo 2397. Para el pago de cuentas pendientes de toda clase, correspondientes a vigencias anteriores 4.800.00 Suman los créditos $ 426,300.00

Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde Su Fecha

° El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas