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decreto 1586 de 1964

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Artículo 1Adiciónanse Los Cómputos Del Presupuesto De Rentas E Ingresos Del Tesoro De La Nación Para La Vigencia Fiscal De 1964, Con La Cantidad De Sesenta Y Ocho Millones Ochocientos Treinta Y Seis Mil Veinticuatro Pesos Con Cuarenta Y Nueve Centavos ($ 68

° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1964, con la cantidad de sesenta y ocho millones ochocientos treinta y seis mil veinticuatro pesos con cuarenta y nueve centavos ($ 68.836.024.49) moneda legal, que, con base en los Certificados de Disponibilidad números 10, 20, 22, 25, 26, 27, 30, 32, 33, 35 y 39 del mismo año, expedidos por el Contralor General de la República, se incorporarán con imputación a los siguientes numerales: Presupuesto de Rentas e Ingresos. CAPITULO III Rentas ocasionales. Numeral 153. Ingresos al Tesoro Nacional por concepto de las consignaciones hechas por los fideicomisarios de los Bonos de Desarrollo Económico, provenientes de los Bonos sorteados y no colocados de propiedad del Gobierno (certificado número 39) $ 3.951.000.00 Ingresos de capital. CAPITULO IV Recursos del Crédito

a)

Recursos del Crédito Interno. Numeral 161. Producto de la emisión de pagarés de Deuda Pública Interna, expedidos a favor del Departamento del Cauca, para, pagar deudas pendientes del Plan Vial de dicho Departamento, de conformidad, con las autorizaciones de la Ley 132 de 1960. y el contrato de fecha 13 de marzo de 1961 (Certificado número 27) 5.203.156.83 Numeral 162. Producto de la emisión de pagarés de Deuda Pública Interna expedidos a favor del Departamento de Antioquia, para atender al pago de las inversiones hechas por dicho Departamento en la construcción de la carretera Bogotá - Puerto Salgar - Medellín, de conformidad con las autorizaciones de la Ley 11 de 1962, y los contratos de fechas 2 de diciembre de 1957 y 7 de junio de 1962 (Certificados números 26 y 32) $ 754.995.55

b)

Recursos del Crédito Externo. Numeral 166. Producto de la venta de excedentes agrícolas, de conformidad con el Convenio celebrado con el Gobierno de los Estados Unidos el 27 de marzo de 1963, y el contrato con la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero de fecha 24 de diciembre del mismo año, y las autorizaciones de la Ley 24 de 1859 (Certificado número 10-parte-) 2.900.000.00 Numeral 167. Saldo en pesos del empréstito concedido por la Agencia Internacional para el Desarrollo (A.I.D.) para financiar planes de desarrollo económico y mejoramiento social, de conformidad con las autorizaciones de la Ley 123 de 1959, ingresado a la Tesorería en 1964 (parte del certificado número 33) 1.700.000.00 CAPITULO V Recursos del Balance del Tesoro. Numeral 181. Superávit de la Superintendencia Bancaria, liquidado por la Contraloría General de la República al cierre del ejercicio fiscal de 1963 (Certificado número 35) 2.600.872.48 Numeral 182. Superávit de la Superintendencia de Sociedades Anónimas, liquidado por la Contraloría General de la República al cierre del ejercicio fiscal de 1963 (Certificado número 25) 1.977.085.41 Numeral 183. Aplicación de depósitos ordinarios constituidos a favor del Gobierno Nacional (Certificado número 20) 4.531.808.20 Numeral 184. Aplicación de depósitos constituidos por la Policía Nacional, mediante reintegro de fondos provenientes de recursos del crédito interno (parte del certificado número 30) 2.845.743.08 Numeral 185. Cancelación de reservas en el Balance del Tesoro con base en recursos del diferencial cambiario, Ley 83 de 1962 (parte del certificado número 22) 39.100.000.00 Numeral 186. Cancelación de reservas en el Balance del Tesoro con base en recursos del Crédito Interno, así: (saldo del certificado número 30) 3.271.362.96 a) Pagarés Banco República $ 3.271.362.96 Suman los recursos $ 68.836.024.49

Artículo 2Con Base En Los Recursos Fiscales De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrense Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1964; Presupuesto De Funcionamiento Departamento Administrativo Del Servicio Civil

° Con base en los recursos fiscales de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1964; Presupuesto de Funcionamiento Departamento Administrativo del Servicio Civil. CAPITULO 042 Departamento Administrativo del Servicio Civil. Programa I Administración del Departamento. Transferencias. (Recursos ordinarios). 204. 321. Artículo 0412. Escuela Superior de Administración Pública $ 500.000 Departamento Administrativo de Seguridad Nacional CAPITULO 051 Departamento Administrativo de Seguridad Nacional. Programa II Coordinación Operativa (Recursos ordinarios. Gastos generales. 106. 133. Artículo 514 Viáticos y gastos de viaje 217.438.67 Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil. CAPITULO 061 Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil. (Recursos ordinarios) Programa I Dirección del Departamento. Servicios personales. 101, 111. Artículo 0601. Sueldos del personal de nómina $ 34.080.00 Programa II Seguridad Aeronáutica. Servicios personales. 101, 111. Artículo 0613. Sueldos del personal de nómina 1.033.200.00 102, 111. Artículo 0615. Prima de Navidad 32.000.00 Programa III Ejecución y Control del Presupuesto. Servicios personales. 101, 111. Artículo 0621. Sueldos del personal de nómina 5.520.00 Departamento Administrativo de Servicios Generales. CAPITULO 071 Departamento Administrativo de Servicios Generales. (Recursos ordinarios). Programa III Administración y Mantenimiento de Inmuebles Nacionales. Gastos generales. 106, 111. Artículo 0718-A. Servicios de mantenimiento de ascensores OTIS 185.644.00 Programa IV Servicios Generales. Gastos generales. 105, 111. Artículo 0723-A. Compra de equipo 50.000 MINISTERIO RELACIONES EXTERIORES CAPITULO 153 Rama Técnica. (Recursos ordinarios) Programa V Relaciones Consulares. Gastos generales. 106, 112. Artículo 1566-A. Para ediciones de pasaporte 207.500.00 MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO CAPITULO 252 Rama Técnica. Programa V Inspección y Control Bancario. Servicios personales. 101, 113. Artículo 2585. Sueldos del personal de nómina 1.220.000.00 101, 113. Artículo 2585-A. Sueldos del personal de nómina vigencia de 1963 1.320.00 Transferencias. 202, 113. Artículo 2600. Caja Previsión Social Superbancaria 1.079.552.48 201, 113. Articuló 2601. Pensiones 300.000.00 Deuda Pública Nacional. CAPITULO 301 Deuda Externa. Documentos a la Orden. (Deuda en dólares). (Recursos ordinarios). Agencia para el Desarrollo Internacional. (A.I.D. - Créditos de Excedentes Agrícolas). 510. Artículo 3021-A. Servicio de las deudas contraídas con la Agency for International Developmont (A.I.D.) de Washington, en desarrollo de los Convenios sobre excedentes agrícolas celebrados con el Gobierno de los Estados Unidos el 11 de julio de 1957, el 14 de abril de 1958, el 16 de octubre de 1959, el 26 de octubre de 1960, y el 27 de marzo de 1963, y en virtud de las autorizaciones de las Leyes 24 de 1959 y 7 a de 1963, así: 301, 1° Amortizacion $ 30.800.00 302, 2° Intereses $ 388.703.93 419.503.93 hidráulicas. Pagarés para la compra de dos dragas hidráulicas. 510. Artículo 3021-B. Servicio de los pagarés expedidos a favor de Deggendorfer Werft und Eisenbau, Gesells, Chaft M. b. H. de Alemania, para atender al pago de dos dragas hidráulicas, con destino al Ministerio de Obras Públicas, de conformidad con las autorizaciones de las Leyes 261 de 1938 y 88 de 1943, y en armonía con las estipulaciones del contrato celebrado entre el Gobierno Nacional y dicha firma el 29 de mayo de 1962, así: 301, 1° Amortización $ 1.090.563.75 302, 2° Intereses 305.357.85 1.395.921.60 Policía Nacional. CAPITULO 0401 Policía Nacional. Programa II Servicio Policiales (Cancelación de Depósitos y Reservas financiadas con Recursos del Crédito Interno.- Decreto 1205 de 1962). 106, 132. Artículo 4022-A. Para el pago de deudas de vigencias expiradas de la Policía Nacional, mediante resoluciones de reconocimiento dictadas por la Dirección de la misma, que requerirán la aprobación previa de la Dirección Nacional del Presupuesto 6.117.106.02 MINISTERIO DE FOMENTO CAPITULO 602 Rama Técnica. Programa VI Estudios y aprobación de tarifas y precios. Servicios personales. 101, 253. Artículo 6078. Sueldos del personal de nómina 100.000.00 Programa VII Inspección y Control de las Sociedades Anónimas. Servicios personales. 101, 113. Artículo 6090. Sueldos del personal de nómina 1.373.477.68 101, 113. Artículo 6092. Jornales 10.000.00 Gastos generales 105, 113. Artículo 6094. Mantenimiento y aseguros 106.000.00 105, 113. Artículo 6095. Compra de equipo 26.000.00 106, 113. Artículo 6097. Servicios de comunicaciones 25.000.00 106, 113. Artículo 6098. Servicios públicos 37.000.00 106, 113. Artículo 6100. Impresos y publicaciones 180.000.00 106, 113. Artículo 6101. Arrendamiento y alquiler de máquinas 183.607.73 106, 113. Artículo 6102. Gastos varios e imprevistos 36.000.00 MISTERIO DE EDUCACION NACIONAL II - Financiamiento. CAPITULO 704 Financiamiento a cargo del Ministerio. Programa II Servicios universitarios. (Recursos ordinarios). Transferencias. 205, 314. Artículo 7339. Aporte a las Universidades privadas que sean instituciones de utilidad común 2.450.000.00 Programa V Auxilios. Transferencias. Departamentos, Municipios y Territorios Nacionales. (Recursos ordinarios). 203, 319 Artículo 7403-A. Para auxiliar el Festival Folclórico de Ibagué $ 250.000.00 Rama Jurisdiccional. CAPITULO 959 Consejo de Estado. Gastos generales. (Recursos ordinarios). 106, 134. Artículo 9577-A. Viáticos y gastos de viaje de vigencias expiradas 2.000.00 Presupuesto de Inversión, Departamento Administrativo de Servicios Generales. CAPITULO 1000 División de Inmuebles Nacionales. (Recursos ordinarios). 563, 433 Artículo 10000-JB. Conservación y reparación de edificios nacionales e inmuebles particulares al servicio del Estado 300.000.00 MINISTERIO DE GOBIERNO CAPITULO 1001 Divisiones Técnicas. Programa III Programas Especiales de Acción Comunal Inversión directa. Recursos del Crédito Externo. (Venta excedentes agrícolas). 610, 441. Artículo 10013. Para programas de acción comunal financiados con la venta de excedentes agrícolas, según distribución que hará el Gobierno por medio de decretos especiales 2.000.000.00 MINISTERIO DE JUSTICIA CAPITULO 1005 Rama Técnica. A. - Programa de Inversión Directa. Programa I Construcción, terminación, reparación y sostenimiento de Cárceles y Colonias Penales. Recursos del Crédito A.I.D. 565, 135. Artículo 10054-A. Departamento de Córdoba. Estudios e iniciación de construcción de cárceles colonias y penitenciarías 200.000.00 Proyecto

1.

Para la terminación de la construcción del Reformatorio de Menores, de Montería $ 200.000.00 Programa II Programas especiales de protección de menores. Recursos del Crédito Externo, (Venta de excedentes agrícolas). Inversión Directa. 565, 136. Artículo 10059. Para la construcción de establecimientos de rehabilitación y protección de menores, financiados con la venta de excedentes agrícolas, según distribución que hará el Gobierno por medio de decretos especiales 900.000.00 MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO CAPITULO 1011 Rama Técnica. Programa I Servicios Geodésicos y Agrológicos. Inversión indirecta. (Diferencial Cambiario). (Ley 83 de 1962). 580, 211. Artículo 10101. Investigaciones, y servicios geodésicos, agrológicos y similares 2.500.000.00 Recursos ordinarios. 580, 211. Artículo 10101-B. Investigaciones y servicios geodésicos, agrológicos y similares $ 300.000.00 MINISTERIO DE GUERRA CAPITULO 1014 Rama Técnica. Programa I Reparaciones Navales de la Armada Nacional. Recursos del Crédito A.I.D. 469, 262. Artículo 10125. Reparación de unidades a flote de la Armada Nacional 1.500.000.00 MINISTERIO DE SALUD PUBLICA CAPITULO 1051 Rama Técnica. B) Programas de Inversión indirecta. Programa I Terminación y dotación de Hospitales y Centros de Salud actualmente en ejecución. Diferencial Cambiario. (Ley 83 de 1962) 608, 352. Artículo 10501. Departamento de Antioquia 300.000.00 Proyecto 3. Hospital San Juan de Dios, de Ríonegro $ 300.000.00 Programa IV Aporte para sostenimiento de Hospitales y Centros de Salud. Diferencial Cambiario. (Ley 83 de 1962) 608, 352. Artículo 10585-A. Departamento de Antioquia 300.000.00 Aporte para sostenimiento de Hospitales, Centros y Puestos de Salud, de acuerdo con las normas del Ministerio. Proyecto 1. Hospital San Juan de Dios, de Ríonegro $ 300.000.00 MINISTERIO DE FOMENTO CAPITULO 1061 Rama Técnica. Programa III Construcción de viviendas y unidades vecinales. Inversión indirecta. Recursos ordinarios. 587. 372. Artículo 10654-A. Para pagar al Municipio de Armenia (Caldas), a buena, cuenta del auxilio decretado por el artículo 10 de la Ley 104 de 1962, para invertir necesariamente en la financiación de un plan de vivienda con destino a erradicación de tugurios de dicha ciudad 1.000.000.00 MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS CAPITULO 1102 Rama Operativa. Programa I División de Conservación de Carreteras. Subprograma

2.

Conservación, adiciones y mejoras de carreteras en los Distritos de Obras Públicas. Inversión directa. Diferencial Cambiario. (Ley 83 de 1962) 480. 264. Artículo ,11002-B. Conservación, adiciones y mejoras en los Distritos de Obras Públicas Nacionales 36.000.000.00 Proyecto 1. Conservación, adiciones y mejoras de carreteras nacionales en el Distrito del Huila (sueldos y gastos) $ 2.665.440 Proyecto 2. Conservación, adiciones y mejoras de carreteras nacionales en el Distrito del Magdalena (sueldos y gastos) 960.000 Proyecto

3.

Conservación, adiciones y mejoras de carreteras nacionales en el Distrito del Meta (sueldos y gastos) 766.000 Proyecto 4 Conservación, adiciones y mejoras de carreteras nacionales en el Distrito de Nariño (sueldos y gastos) $ 1.066.000 Proyecto 5. Conservación, adiciones y mejoras de carreteras nacionales en el Distrito de Norte de Santander (sueldos y gastos) 1.436.000 Proyecto 6. Conservación, adiciones y mejoras de carreteras nacionales en el Distrito de Santander (sueldos y gastos) 1.294.000 Proyecto 7. Conservación, adiciones y mejoras de carreteras nacionales en el Distrito del Tolima (sueldos y gastos) 963.000 Proyecto 8. Conservación, adiciones y mejoras de carreteras nacionales en el Distrito del Valle (sueldos y gastos) 794.000 Proyecto 9. Conservación, adiciones y mejoras en el Distrito de la Carretera Panamericana (sueldos y gastos) 78 000 Proyecto 10. Conservación, adiciones y mejoras de carreteras nacionales en el Distrito de Antioquia (sueldos y gastos) 3.665.040 Proyecto 11, Conservación, adiciones y mejoras de carreteras nacionales en el Distrito del Atlántico (sueldos y gastos) 258.360 Proyecto 12, Conservación, adiciones y mejoras de carreteras nacionales en el Distrito de Bolívar (sueldos y gastos) 1.470.360 Proyecto 13. Conservación, adiciones y mejoras de carreteras nacionales en el Distrito de Boyacá (sueldos y gastos) 5.900.000 Proyecto 14. Conservación, adiciones y mejoras de carreteras nacionales en el Distrito de Caldas (sueldos y gastos) 3.300.000 Proyecto 15, Conservación adicionales y mejoras de carreteras nacionales en el Distrito del Cauca (sueldos y gastos) 3.450.000 Proyecto. 16 Conservación, adicionales y mejoras de carreteras nacionales en el Distrito de Córdoba (sueldos y gastos) 1.638.000 Proyecto 17. Conservación, adiciones y mejoras de carreteras nacionales en el Distrito de Cundinamarca (sueldos y gastos) 3.615.420 Proyecto 18. Conservación, adiciones y mejoras de carreteras nacionales en el Distrito del. Chocó (sueldos y gastos) 1.041.960 Proyecto 19, Conservación, adiciones y mejoras de carreteras nacionales en el Distrito de la Guajira (sueldos, y gastos) 1.638.420 Programa IV Subsidio para la construcción de carreteras departamentales. Recursos del Crédito Interno. Inversión indirecta. 605. 264. Artículo 11101-A. Para legalizar la entrega de los pagarés expedidos a favor del departamento del Cauca para pagar deudas pendientes' del Plan Vial de dicho Departamento, de conformidad con las autorizaciones de la Ley 132 de 1960, y el contrato de fecha 13 de marzo de 1961 5.203.156.83 605. 264. Artículo 11101-B. Para legalizar la entrega de los pagarés expedidos a favor del Departamento de Antioquia, para atender al pago de las inversiones hechas por dicho Departamento en la construcción de la carretera Bogotá - Puerto Salgar - Medellín, de conformidad con las autorizaciones de la Ley 11 de 1962, y los contratos de fechas 2 de diciembre de 1957 y 7 de junio de 1962 754.995.55 Suman, los créditos $ 68.836.024.49

Artículo 3El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición

° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese,

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público