en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que el artículo 18 de la Ley 790 de 2002 y el Decreto Reglamentario 190 de 2003, disponen que los cargos que quedaren vacantes como consecuencia de la jubilación o pensión de vejez de los servidores públicos que los desempeñaren, deberán ser suprimidos
Considerando · 2 motivos
Que el artículo 18 de la Ley 790 de 2002 y el Decreto Reglamentario 190 de 2003, disponen que los cargos que quedaren vacantes como consecuencia de la jubilación o pensión de vejez de los servidores públicos que los desempeñaren, deberán ser suprimidos;
Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, y cuenta con el concepto de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectos de modificar su planta de personal;
Artículo 1Suprímese De La Planta De Personal Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público El Siguiente Cargo: N° De Cargos Dependencia Y Empleo Código Grado Despacho Del Ministro 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 5040 24
°. Suprímese de la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público el siguiente cargo: N° de cargos Dependencia y empleo Código Grado DESPACHO DEL MINISTRO 1 (uno) Secretario Ejecutivo 5040 24
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Y Modifica En Lo Pertinente El Decreto 247 De 2004
°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición y modifica en lo pertinente el Decreto 247 de 2004.