Micelio

decreto 2557 de 1945

2 artículos · lectura continua

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 20 de agosto del año en curso autorizó a Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Justicia, según consta en el acta respectiva

Artículo 1Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Justicia Capitulo 22

° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE JUSTICIA Capitulo 22. Del artículo 202. Para sueldos y sobresueldos del personal de los Juzgados Superior de Policía, Instrucción Criminal de la capital de la República y de fuera, Juzgados Permanentes y Juzgados de Policía del Abogado de Bienes Ocultos del Estado, en el año $ 82.000.00 Suman los contracréditos $ 82.000.00 Capitulo 22. Al artículo 203. Para viáticos y gastos de transporte del personal del Cuerpo Auxiliar de la Rama Jurisdiccional, de conformidad con el Decreto 2421 de 1948, cuando viaje en comisiones oficiales, en el año 80.000.00 Capitulo 26. Al artículo 247. Para el pago de drogas, asistencia médica, farmacéutica, quirúrgica, hospitalaria y odontológica, y demás servicios de sanidad que sean necesarios para los empleados dependientes del Ministerio de Justicia afiliados a la Caja de Protección Social de la Policía Nacional, en el año 1.000.00 Al artículo 250. Para atender al pago de deudas correspondientes a vigencias expiradas, como honorarios de los Conjueces, arrendamientos, sueldos de enfermedad, vacaciones, primas y otros gastos de las dependencias y entidades adscritas al Ministerio de Justicia, excluidas las del ramo de Prisiones, que tienen apropiación especial 1.000.00 Suman los créditos $ 82.000.00

Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde Su Fecha

° El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público