Micelio

decreto 1099 de 1928

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1Fíjase En $ 150 La Asignación Mensual Del Abogado Del Ferrocarril Del Carare, Y Nómbrase Para Desempeñar Dicho Cargo, Que Se Encuentra Vacante En La Actualidad, Al Doctor Ignacio Gil Sanabria

° Fíjase en $ 150 la asignación mensual del Abogado del Ferrocarril del Carare, y nómbrase para desempeñar dicho cargo, que se encuentra vacante en la actualidad, al doctor Ignacio Gil Sanabria.

Artículo 2La Mencionada Empresa Le Reconocerá Los Gastos De Movilización Y Transporte Cuando Por Razón De Sus Funciones Tenga Que Salir De Tunja

° La mencionada empresa le reconocerá los gastos de movilización y transporte cuando por razón de sus funciones tenga que salir de Tunja. Dicho Abogado atenderá también las consultas que se le hagan relacionadas con la carretera del Carare. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas