Artículo 1
° . Nómbrese de Ministro del Interior al doctor Horacio Serpa Uribe, identificado con la cédula de ciudadanía número 5554274 de Bucaramanga.
Artículo 2Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
Articulo 2°. Este decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.