Micelio

decreto 146 de 1999

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial la que se le concede en el artículo 78 del Código de Comercio, y CONSIDERANDO: Que mediante Decretos 898 de 1983 y 1384 de 1998, se le asignó jurisdicción a la Cámara de Comercio de El Espinal sobre los municipios de Espinal, Alpujarra, Carmen de Apicalá, Coello, Cunday, Dolores, Flandes, Guamo, Icononzo, Melgar, Prado, Purificación, Saldaña, Suárez, Villarrica, Ataco, Chaparral, Ortega, Natagaima, Coyaima, Planadas, Rioblanco y San Luis

Considerando · 2 motivos

Que mediante Decretos 898 de 1983 y 1384 de 1998, se le asignó jurisdicción a la Cámara de Comercio de El Espinal sobre los municipios de Espinal, Alpujarra, Carmen de Apicalá, Coello, Cunday, Dolores, Flandes, Guamo, Icononzo, Melgar, Prado, Purificación, Saldaña, Suárez, Villarrica, Ataco, Chaparral, Ortega, Natagaima, Coyaima, Planadas, Rioblanco y San Luis;

Que de esa manera la jurisdicción de la Cámara de Comercio de El Espinal comprende la zona sur y oriente del departamento del Tolima;

Artículo 1º

º. Cambiar el nombre de la Cámara de Comercio de El Espinal por el de "Cámara de Comercio del Sur y Oriente del Tolima".

Artículo 2º

º. El presente decreto rige a partir de su publicación y modifica los Decretos 898 de 1983, 1348 de 1998 y demás disposiciones relacionadas, en lo que respecta al nombre de la Cámara de Comercio.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial la que se le concede en el artículo 78 del Código de Comercio, y
El Ministro de Desarrollo Económico