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decreto 1039 de 2020

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 17 de 1971 y el Decreto 1067 de 2015, y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, corresponde al Presidente de la República dirigir las relaciones internacionales

Considerando · 4 motivos

Que, de conformidad con el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, corresponde al Presidente de la República dirigir las relaciones internacionales; Que, mediante el Decreto 210 del 28 de enero de 1998, se creó el Consulado Honorario de Colombia en Oslo, Reino de Noruega, y se nombró como Cónsul Honorario al señor Sten Erik Olsen;

Que mediante el Memorando número ENOOL - 010 del 29 de enero de 2020, la Embajada de Colombia ante el Reino de Noruega solicitó la supresión del Consulado Honorario de Colombia en Oslo, Reino de Noruega, porque actualmente existe un Consulado de Colombia de carrera en la misma ciudad, el cual comprende la misma circunscripción de la oficina consular honoraria; Que, mediante correo electrónico del 31 de marzo de 2020, la Embajada de Colombia ante el Reino de Noruega aclaró que no fue posible localizar al señor Sten Erik Olsen, de quien no se cuenta con información de contacto y tampoco se ha comunicado con el Consulado de Colombia en Oslo, Reino de Noruega, durante los últimos cinco años;

Que de acuerdo con lo establecido en el literal f) del Artículo 2.2.1.3.3.1 del Decreto 1067 de 2015, los Cónsules Honorarios cesarán en sus funciones por supresión de la Oficina Consular Honoraria; Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.1.3.3.4 del Decreto 1067 de 2015, la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y de Servicio al Ciudadano estudiará la conveniencia de continuar con la Oficina Consular Honoraria, para lo cual solicitará la asistencia de la Misión Diplomática u Oficina Consular de Carrera que corresponda, para determinar si de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 2.2.1.3.2 del Decreto 1067 de 2015 procede la continuación de la respectiva Oficina;

Que la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano encuentra pertinente el cierre del Consulado Honorario de Colombia en Oslo, Reino de Noruega, por la misma razón expuesta por la Embajada de Colombia ante el Reino de Noruega; En mérito de lo expuesto;

Artículo 1Suprimir El Consulado Honorario De Colombia En Oslo, Reino De Noruega

°. Suprimir el Consulado Honorario de Colombia en Oslo, Reino de Noruega.

Artículo 2Declarar La Cesación De Funciones Del Señor Sten Erik Olsen, Como Cónsul Honorario De Colombia En Oslo, Reino De Noruega

°. Declarar la cesación de funciones del señor Sten Erik Olsen, como Cónsul Honorario de Colombia en Oslo, Reino de Noruega.

Artículo 3Comunicación

°. Comunicación . Corresponderá al Ministerio de Relaciones Exteriores la comunicación del presente decreto en los términos que establezca la norma.

Artículo 4Vigencia

°. Vigencia . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 17 de 1971 y el Decreto 1067 de 2015, y
La Ministra de Relaciones Exteriores