Micelio

decreto 346 de 1937

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO que el honorable Consejo de Ministros, en su sesión del día 29 de enero último, concedió al Ministerio de Hacienda y Crédito Público la autorización correspondiente para efectuar unos traslados en el Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Comercio

Artículo 1

Hácense los siguientes traslados en el presupuesto del

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y COMERCIO

CAPITULO 63

Departamento de Ganadería.

Del artículo 464. Para compra de laboratorios e instrumentos de cirugía para los Veterinarios e Inspectores de Sanidad

Artículo 464Para Compra De Laboratorios E Instrumentos De Cirugía Para Los Veterinarios E Inspectores De Sanidad Pecuaria $ 5,000

Artículo único. Hácense los siguientes traslados en el presupuesto del MINISTERIO DE AGRICULTURA Y COMERCIO CAPITULO 63 Departamento de Ganadería. Del artículo 464. Para compra de laboratorios e instrumentos de cirugía para los Veterinarios e Inspectores de Sanidad Pecuaria $ 5,000.00 Al artículo 464 bis. Para compra de drogas e implementosde uso veterinario 5,000.00 Sumas iguales $ 5,000.00 5,000.00 Comuníquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura y Comercio