en uso de sus facultades constitucionales y legales
Artículo 1Asígnase Al Doctor Gustavo Bell Lemus, Vicepresidente De La República De Colombia, La Misión Especial De Asistir A La Cumbre Juvenil 98 Organizada Por El Media Laboratory Del Massachusetts Institute Of Technology (Mit)
°. Asígnase al doctor Gustavo Bell Lemus, Vicepresidente de la República de Colombia, la misión especial de asistir a la Cumbre Juvenil 98 organizada por el Media Laboratory del Massachusetts Institute of Technology (MIT).
Artículo 2Confiérese Comisión De Servicios Al Doctor Gustavo Bell Lemus, Vicepresidente De La República De Colombia, Para Que Viaje A Boston (Estados Unidos De América) Del 19 Al 22 De Noviembre De 1998, En Cumplimiento De La Misión Asignada En El Artículo Anterior
°. Confiérese comisión de servicios al doctor Gustavo Bell Lemus, Vicepresidente de la República de Colombia, para que viaje a Boston (Estados Unidos de América) del 19 al 22 de noviembre de 1998, en cumplimiento de la misión asignada en el artículo anterior.
Artículo 3El Doctor Gustavo Bell Lemus Tendrá Derecho Al Suministro De Pasaje Aéreo En Primera Clase En La Ruta Bogotá-Miami-Boston-Miami-Bogotá Y La Suma De Novecientos Veintisiete Dólares Con 50/100 (Us$927
°. El doctor Gustavo Bell Lemus tendrá derecho al suministro de pasaje aéreo en primera clase en la ruta Bogotá-Miami-Boston-Miami-Bogotá y la suma de novecientos veintisiete dólares con 50/100 (US$927.50) por el término de tres días y medio a razón de US$265.00 diarios.
Artículo 4Autorízase El Pago Correspondiente Con Cargo Al Nivel 02 Vicepresidencia De La República, 2021-07, Recurso 10 - Viáticos Al Exterior Del Presupuesto De Gastos Vigente Del Departamento Administrativo De La Presidencia De La República
°. Autorízase el pago correspondiente con cargo al Nivel 02 Vicepresidencia de la República, 2021-07, Recurso 10 - Viáticos al exterior del presupuesto de gastos vigente del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
Artículo 5Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
°. Este decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 19 de noviembre de 1998. ANDRES PASTRANA ARANGO El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Juan Hernández Celis.