Micelio

decreto 1098 de 1957

2 artículos · lectura continua

Artículo 1

Artículo primero . A partir de la fecha del presente Decreto suprímese el cargo de Cajero Pagador Contador de la Zona de Carreteras Nacionales de Montería.

Artículo 2

Artículo segundo . Créase a partir de la fecha, en la Zona de Carreteras Nacionales de Montería, los siguientes cargos: 1 Contador General con asignación mensual de $ 500.00. 1 Cajero-Pagador con asignación mensual de $ 500.00.

Parágrafo

Las asignaciones fijadas se pagarán con los fondos apropiados para gastos de conservación, adiciones y mejoras de la Zona mencionada. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas