en ejercicio de sus facultades constitucionales y en especial de las que le confiere el Decreto 150 de 1976
Artículo 1Para Actualizar Los Registros Existentes De Contratistas Y Proveedores, Las Entidades A Que Se Refiere El Decreto 106 De 1977 Tendrá N Plazo Hasta El 31 De Diciembre Del Presente Año
° Para actualizar los registros existentes de contratistas y proveedores, las entidades a que se refiere el Decreto 106 de 1977 tendrá n plazo hasta el 31 de diciembre del presente año.
Artículo 2Mientras Se Cumple El Plazo Fijado En El Artículo Anterior, Dichas Entidades Podrán Hacer Uso De Los Registros De Proponentes Que Estaban Vigentes Con Anterioridad A La Expedición Del Decreto 106 De 1977
° Mientras se cumple el plazo fijado en el artículo anterior, dichas entidades podrán hacer uso de los Registros de Proponentes que estaban vigentes con anterioridad a la expedición del Decreto 106 de 1977.
Artículo 3
° . El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Comuníquese y cúmplase.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito
El Ministro de Defensa Nacional
El Ministro de Agricultura
El Ministro de Trabajo y Seguridad Social
El Ministro de Salud
El Ministro de Desarrollo Económico
El Ministro de Minas y Energía
El Ministro de Educación Nacional
La Ministra de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas y Transporte
El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República
El Jefe del Departamento Nacional de Planeación. John Naranjo Dousdehés . E1 Jefe, del Departamento Administrativo Nacional de Estadística
El Jefe del Departamento Administrativo Aeronáutica Civil
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil
El Jefe del Departamento Administrativo de Seguridad
El Jefe del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarias